Conexión al servicio
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Requisitos para tramites
Las conexiones son el tramo de cañería de derivación comprendida entre la red pública de distribución de agua potable y el punto de enlace domiciliario, generalmente la salida de la llave maestra o medidor.
Los inmuebles en los que se realice cualquier actividad, situados dentro del área servida por Aguas Cordobesas están obligados a conectarse a la red debiendo instalar a su cargo los servicios domiciliarios internos de agua y mantener en buen estado dichas instalaciones.
También corre por cuenta del cliente el costo de la conexión y de las instalaciones internas, la renovación de la conexión una vez vencida su vida útil y el cegamiento de pozos semisurgentes de provisión de agua que no se encuentren autorizados por la empresa.
Las conexiones domiciliarias, con destino residencial (menores a 2 unidades) son de hasta 25 milímetros de diámetro interior.
Para el caso de emprendimientos como loteos, edificios, housing, o cuando se trate de más de dos unidades para uso residencial e industrias en general, se deberá presentar la factibilidad del servicio (ver Requisitos en Material de Consulta).
Sin embargo, pueden solicitarse conexiones de diámetros superiores y en esos casos el cliente debe justificar su necesidad. Cuando se solicita un diámetro especial, Aguas Cordobesas debe estudiar su factibilidad y el costo será según presupuesto.
El artículo 36 del Régimen Tarifario establece que las conexiones domiciliarias tienen una vida útil de 30 años y luego de ese período deben ser renovadas con cargo del cliente.